1.- Por disposición del Banco de la Nación Argentia, los cheques propios -para el pago de acuerdos-, deberan ser librados a la orden del Banco Nación Argentina
2.- Al dorso de los cheques debe consignarse, con firma del librador, la siguiente imputación: Para ser depositado en la cuenta de OSPIM Nº 39750/12
3.- Deben coincidir las firmas del frente y del dorso del cheque